SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

La finalidad del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, es garantizar una sanción de carácter pedagógico, específico y diferenciado respecto del sistema de adultos, conforme a la protección integral. El proceso deberá garantizar la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño. Delitos cometidos por personas que tengan entre catorce (14) y dieciocho (18) años al momento de cometer el hecho punible.

Cuando una persona menor de (14) años es sorprendido en flagrancia por una autoridad de policía, este lo pondrá inmediatamente a disposición de las autoridades competentes de protección y restablecimiento de derechos.

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar define los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, y para asegurar su restablecimiento.

CENTRO TRANSITORIO

El centro Transitorio es el lugar en donde permanecen los adolescentes que han cometido o han sido sindicados de cometer delitos mientras se adelantan las diligencias preliminares y se define su situación inicial. (Libertad, proceso de judicialización o remisión sin judicialización al defensor de familia). Para lo cual, las autoridades cuentan con un lapso máximo de 36 horas a partir de la captura. En este centro se deben brindar los cuidados y procedimientos que sean necesarios para garantizar todos sus derechos.

El objetivo del servicio es brindar alojamiento, alimentación, aseo personal y acompañamiento especializado al adolescente por parte del equipo interdisciplinario que se encuentra conformado por pedagogos, psicólogos, trabajadores sociales y especialistas de área; quienes se encargan de garantizar la atención integral y necesaria, mientras se define su situación inicial.

SEMIINTERNADO EXTERNADO MEDIA JORNADA

En esta modalidad se desarrolla una jornada integral durante cuatro (4) horas diarias alterna a la jornada escolar. La sanción podrá tener una duración que no exceda los 3 años. Se recomienda considerar como mínimo para esta sanción 6 meses, de tal forma que el proceso tenga un impacto real en el adolescente.

La intervención por parte del equipo psicosocial debe ser protectora, educativa y restaurativa y se aplicará con el apoyo de la familia y de especialistas. Su objetivo es fortalecer en el adolescente su capacidad de actuar en el reconocimiento de la responsabilidad por sus actos, el respeto por los derechos de los demás, la reparación a las personas afectadas y la búsqueda de su desarrollo humano integral. También busca generar condiciones de desarrollo humano para prevenir la ocurrencia de nuevas infracciones por parte del adolescente.

Igualmente se busca la promoción de acciones formativas con el fortalecimiento de los lazos afectivos, desarrollo de habilidades de comunicación y de solución pacífica de conflictos, fortalecimiento de la autoestima y tolerancia, generar encuentros de intercambio intergeneracional de acuerdo a la situación de cada adolescente. Así mismo, se brinda gestión y acompañamiento a la integración escolar y acciones de nivelación académica, desarrollo de competencias laborales, actividades culturales y lúdicas, actividades de prevención de situaciones de riesgo, orientación, formación y asesoría a la familia.

Dentro del cumplimiento de esta modalidad en respuesta al lineamiento técnico se brinda al adolescente alimentación balanceada, dotación de aseo personal, talento humano, servicios públicos domiciliarios, transporte, papelería y demás componentes necesarios para garantizar su atención.

CENTRO DE INTERNAMIENTO PREVENTIVO

Este es el lugar donde son enviados los adolescentes cuando el juez de control de garantías lo considere, según los criterios definidos en la ley. Este sitio es de carácter cerrado, lo cual significa que tiene medidas de seguridad para impedir la salida voluntaria de los adolescentes. El tiempo de estadía en el centro es de cuatro meses, mientras se define la sanción.

El Centro de Internamiento Preventivo tiene como finalidad evitar que el adolescente evada el proceso, obstaculice pruebas o causa mayor daño a la víctima, denunciante, testigo o comunidad. Así sea por un tiempo corto, el propósito fundamental del centro de internamiento preventivo, es propiciar espacios de reflexión y crecimiento al adolescente y su familia, de tal forma que el paso por la institución se convierta en una experiencia de cambio positivo y resarcimiento del daño causado en caso de haberse comprobado su autoría. Igualmente brindar oportunidades para identificar y desarrollar habilidades, fortalecer vínculos y propiciar conexión con redes que contribuyan a su desarrollo humano.

En el CIP con el adolescente y la familia se trabaja en generar un ambiente cálido y confortable con un enfoque jurídico, pedagógico, terapéutico y restaurativo, en aras de disminuir el impacto que se crea en los adolescentes y las familias a causa de la judicialización e imposición de la sanción, como consecuencia de una acción que posiblemente no se ha interiorizado como una acción propia que se toma como una decisión.

CENTRO DE ATENCIÓN ESPECIALIZADA

Es la modalidad donde permanecen los adolescentes cuando han sido sancionados por un juez de conocimiento, siendo un espacio de carácter cerrado, lo cual significa que tiene medidas de seguridad para impedir la salida voluntaria de los adolescentes que allí son ubicados y, por lo tanto, se constituye en privativo de la libertad. El tiempo de esta sanción varía desde mínimo 1 año, hasta máximo 8 años, según lo determine el juez, o hasta que él mismo la cese o la modifique. Es un servicio de recepción permanente (sin límite de día y hora de llegada) y de atención constante (durante los 7 días de la semana, 24 horas del día).

El objetivo principal es facilitar espacios donde se logre sensibilización y concientización del adolescente y su familia respecto a su situación personal y socio-familiar de manera que se logre la construcción del plan de atención e intervención y la aceptación para participar del proceso reeducativo-terapéutico, de manera consiente y real.

Desde el marco del plan de atención individual y familiar se le brinda al adolescente y a su familia, las condiciones  necesarias de soporte y acompañamiento en el afrontamiento de la intervención pedagógico–terapéutica, de acuerdo a lo planteado en el modelo de atención de la institución.Además está focalizada en relación al proyecto de vida autónomo, el cual  busca que el adolescente este fortalecido gracias al trabajo intra e interpersonal que se ha desarrollado en acompañamiento de su red familiar.

PRESTACION DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD

Es la realización de tareas de interés general, que deben tener el carácter de reparación social que el adolescente debe realizar, en forma gratuita. Cabe anotar que queda prohibido el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o que entorpezca la educación del adolescente, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.

Quién sea la víctima (individuo o comunidad) determina el tipo de sanción reparadora. Establecer, de este modo, una diferencia entre servicio comunitario y restitución, ayuda a evitar que el servicio comunitario sea utilizado como sanción punitiva: si simplemente se lo añade a la sentencia, se lo emplea como un castigo. Si, en lugar de esto, el servicio comunitario se utiliza a fin de reparar el daño causado a la comunidad, el riesgo de que sea utilizado como castigo se reduce.

Por lo anterior, se debe especificar la naturaleza y alcance del perjuicio sufrido por la comunidad. Esto requiere que se identifique claramente la comunidad que sufrió el daño, el perjuicio sufrido por la misma, y el servicio a ser ordenado para que éste sea específica y directamente reparado.

Durante la realización de estas labores, el adolescente cuenta con el acompañamiento del equipo psicosocial, quien garantiza que el mismo adelante el proceso de manera adecuada, de la mano de su red familiar.

LIBERTAD VIGILADA

Esta modalidad tiene como objetivo el fortalecimiento del adolescente en su desarrollo individual, con la red familiar o con personas significativas para él. Debe ser protectora educativa y restaurativa y se aplicará con el apoyo de la familia y de especialistas. Busca también fortalecer en el adolescente su capacidad de actuar en el reconocimiento de la responsabilidad por sus actos, el respeto por los derechos de los demás, la reparación a las personas afectadas y la búsqueda de su desarrollo humano integral.

Las intervenciones psicosociales se realizan a nivel individual, con la red familiar o con personas significativas para el adolescente.

La sanción podrá tener una duración que no exceda los 2 años y el servicio debe ubicarse en el municipio de domicilio del adolescente. Se recomienda considerar como mínimo para esta sanción 6 meses, de tal forma que el proceso tenga un impacto real en el adolescente.

El equipo interdisciplinario gestiona y acompaña al adolescente en la integración escolar, acciones de nivelación académica, desarrollo de competencias laborales, actividades culturales, lúdicas, de prevención de situaciones de riesgo, orientación, y formación.

APOYO POST INSTITUCIONAL

Es una modalidad que se desarrolla en un medio socio-familiar la cual consiste en brindar apoyo a los adolescentes que han egresado de las modalidades de Centro de Atención Especializada y del Internado Abierto para favorecer su integración familiar y social por un término no menor a un año.

Su objetivo es apoyar al adolescente y su familia en las gestiones y procesos que sean necesarias para su vinculación a los servicios, centros y redes para su plena integración familiar y social. Asegurar las condiciones para el ejercicio pleno de los derechos del adolescente. Así mismo, se realiza una intervención por parte del equipo psicosocial para prevenir que el adolescente incurra en s comportamientos delictivos.